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   INTRODUCCIÓN: Minimizar  

La formación de los profesionales de la Medicina se produce a través de un continuum educativo distribuido en tres fases claramente diferenciadas: formación de grado (dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia, tiene lugar en las Universidades e incluye el postgrado o doctorado), formación sanitaria especializada (dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo, tiene lugar en los hospitales y Centros de Salud) y el desarrollo profesional continuo o Formación Médica Continuada.

 

     
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   FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA: Minimizar  

Antecedentes históricos:

En España el primer hospital que modificó la forma clásica de entender la docencia fue Basurto (Vizcaya)1, seguido en 1918 del Hospital de la Santa Cruz y San Pablo de Barcelona; en 1929 de la Casa de Salud Marqués de Valdecilla de Santander y en 1935 del Instituto de Investigaciones Clínicas y Médicas (posteriormente Fundación Jiménez Díaz).

En 1963 se incorporó el Hospital General de Asturias, que puso en marcha un claro sistema de Residencia y dentro de la Seguridad Social se implantó esta nueva filosofía con carácter experimental en 1966 en la Clínica Puerta de Hierro de Madrid.

Hasta esa fecha en España, al amparo de las disposiciones transitorias de la Ley de 20 de julio de 1955 sobre Enseñanzas, Título y Ejercicio de las Especialidades Médicas2, se contemplaba la posibilidad de obtener el Título de Especialista mediante la inscripción en el Colegio Oficial de Médicos en la especialidad por un período de dos años o la oposición ganada a una plaza de la especialidad o bien la inscripción en una Escuela Profesional.

El sistema actual: sistema MIR:

Tiene como objetivo conseguir que el licenciado en medicina adquiera los conocimientos, las habilidades y las responsabilidades necesarios para poder ejercer eficazmente una especialidad médica, mediante la práctica profesional programada y supervisada.

Ha sido un instrumento eficaz las últimas décadas y ha contribuido al importante nivel sanitario alcanzado en nuestro medio.

Legislación del sistema actual:

Las normas legislativas más relevantes están recogidas en las siguientes leyes y reales decretos:

· Ley 24/1982, de 16 de junio, sobre prácticas y enseñanzas sanitarias especializadas (B.O.E. de 29 de junio de 1982)3.

· Real Decreto 127/1984, de 11 de Enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista (B.O.E. 31 de Enero 1984)4.

· Orden de 27 de Junio de 1989, por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de Formación Sanitaria Especializada (B.O.E. 28 de Junio 1989)5.

· Orden de 22 de Junio de 1995, por la que se regulan las Comisiones de Docencia y los sistemas de evaluación de la formación de Médicos y de Farmacéuticos Especialistas (B.O.E. 30 de Junio de 1995)6.

· Real Decreto 904/2001, de 27 de julio, por el que se unifican las convocatorias para el acceso a la FSE.

· Real Decreto 139/2003, de 7 de febrero, por el que se actualiza la regulación de la formación médica especializada (BOE del 14)7.

· Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud8.

Los protagonistas de este aprendizaje:

1.                    El receptor: el Médico interno Residente (MIR): se trata de una enseñanza de adultos: debe ser activo, responsable y consciente de sus obligaciones ante los pacientes y la sociedad.

Este modelo de enseñanza depende en gran medida (fundamentalmente en su vertiente de conocimientos) de la actitud del MIR, de su capacidad de estudio y de su motivación para llevar a cabo las actividades de su residencia y asumir el alto grado de exigencia. Aunque su estudio debe ser tutorizado es individual e intransferible.

2.                    Los suministradores: existe una estructura piramidal: Ministerio de Sanidad y Consumo, Comisiones Nacionales de las Especialidades, Comisiones Locales de Docencia y Tutor de residentes (el que finalmente asume la responsabilidad del plan de formación de cada especialista).

Las funciones del tutor están especificadas en la Orden Ministerial del 22 de junio de 19956,9; podemos resumirlas en: a) proponer a la Comisión de Docencia los planes individuales de formación; b) supervisar directa y continuadamente la realización de los programas y controlar su actividad asistencial; c) fomentar la participación del especialista en formación en las actividades docentes e investigadoras de la unidad acreditada; d) evaluación continuada de los especialistas en formación, y e) elaborar una memoria anual de las actividades docentes con participación específica de los especialistas en formación.

Objetivos de aprendizaje y actividades para conseguirlos10:

Podemos agrupar los objetivos en los siguientes campos:

1.                    Conocimientos (formación teórica): conocimientos del programa. Incluye el estudio individual y la cumplimentación de cursos y seminarios. Es la parte más personal; el tutor debe aconsejar los textos más adecuados y velar por la asistencia a los cursos y seminarios idóneos en cada momento.

2.                    Habilidades (formación asistencial): adquirir las destrezas propias de cada especialidad para ser capaz de asumir sus funciones y responsabilidades. Éste es el núcleo más complejo y más dependiente de la programación y supervisión de la práctica profesional por los más experimentados. Se incluyen las actuaciones en salas de hospitalización, quirófanos programados (especialidades quirúrgicas), consultas externas y urgencias (incluyendo la indicación y ejecución de intervenciones quirúrgicas o maniobras invasivas en las especialidades que lo requieran).

3.                    Actitudes (formación investigadora): se debe adquirir una mentalidad crítica (para valorar el manejo de pacientes o publicaciones científicas), conocer la metodología de la investigación, estar capacitado para la formación continuada y estar en condiciones de realizar y redactar una publicación científica. Esto incluye la preparación y presentación y defensa de publicaciones científicas y la participación en las sesiones del servicio (que suponen una auditoría continuada de la actividad clínica: de urgencias, preoperatorias, científicas a propósito de casos, de morbi-mortalidad, bibliográficas).

 

     
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   BIBLIOGRAFÍA: Minimizar  

1. Hernando Avendaño L. Formación de especialistas médicos. En: Federación de Asociaciones para la Defensa de la Sanidad Pública, ed. La sanidad española a debate (2). Madrid: Ciceralia, 1990; 231-232.

2. Ley de 20 de julio de 1955 (Jefatura del Estado). Médicos. Enseñanzas, Título y Ejercicio de Especialidades. BOE número 202, de 21 de julio de 1955; 823-824.

3. Ley de 16 de junio de 1982 sobre prácticas y enseñanzas sanitarias especializadas. BOE. de 29 de junio de 1982.

4. Real Decreto 127/1984, de 11 de Enero, por el que se regula la formación médica especializada y la obtención del título de Médico Especialista. BOE de 31 de Enero de 1984.

5. Orden de 27 de Junio de 1989, por la que se establecen las normas reguladoras de las pruebas selectivas para el acceso a plazas de Formación Sanitaria Especializada. BOE de 28 de Junio de 1989.

6. Orden de 22 de Junio de 1995, por la que se regulan las Comisiones de Docencia y los sistemas de evaluación de la formación de Médicos y de Farmacéuticos Especialistas. BOE número 155 de 30 de Junio de 1995; 19793-19798.

7. Real Decreto 139/2003, de 7 de febrero, por el que se actualiza la regulación de la formación médica especializada. BOE número 39 de 14 de Febrero de 2003; 6026-6028.

8. Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. BOE número 240 de 7 de Octubre de 2006; 34864-34870.

9. Sabater Ortí L. Hacia un nuevo modelo de tutor de residentes. Cir Esp. 2006;80(3):121-2 (editorial).

10. Parrilla Paricio P, et al. Proyecto de Programa de la Especialidad de Cirugía General y del Aparato Digestivo. Cir Esp. 2006; 80(3): 133-144.

11. Conferencia Nacional de Decanos de Medicina. Libro Blanco de la Formación Médica. Disponible en http://aneca.es.

     
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Última actualización de ésta página: 19 de Septiembre de 2009.
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